Reformas a la Ley de Salud con enfoque preventivo

Las reformas a la Ley de Salud refuerzan prevención y derechos e incluyen prohibición de cirugías estéticas en menores.

El Congreso del Estado aprobó un paquete de reformas a la Ley de Salud con el objetivo de fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes, garantizar el ejercicio responsable de la medicina y ampliar acciones de prevención y atención en temas prioritarios de salud pública.

Protección a menores y práctica médica responsable

Durante las últimas sesiones, se aprobó el dictamen de la Comisión de Salud Pública en materia de cirugías estéticas en personas menores de edad y responsabilidad médica.

Responsabilidad por daño y malas prácticas

Las y los profesionales de la salud serán responsables por actos u omisiones que causen daño cuando se acredite negligencia, impericia, imprudencia o incumplimiento de normas, protocolos y buenas prácticas médicas.

Prohibición de procedimientos estéticos en menores

Para efectos de la Ley, se considerará negligencia grave la realización de procedimientos con fines meramente estéticos en personas menores de dieciocho años. También se contempla la práctica de procedimientos reconstructivos, reparadores o terapéuticos sin cumplir requisitos legales establecidos.
Estas conductas podrán sancionarse con la suspensión definitiva del ejercicio profesional en el Estado, sin perjuicio de responsabilidades civiles, administrativas o penales.

Sanciones contra terapias que anulen identidad u orientación

Se aprobó la adición del artículo 302 Bis a la Ley de Salud del Estado, en materia de delitos contra la orientación sexual y la identidad de género.

Conductas sancionadas y suspensión profesional

Se sanciona a personas profesionales, técnicas o auxiliares de la salud que realicen, promuevan, obliguen o financien tratamientos o terapias que busquen obstaculizar, restringir o anular la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona. Además, se impondrá la suspensión del ejercicio profesional de uno a tres años, conforme al Código Penal del Estado.

Salud escolar y detección oportuna

Las reformas también incluyeron ajustes para reforzar la prevención en población escolar y fortalecer programas de detección.

Programas preventivos de salud visual

Se estableció la obligación de fomentar, en coordinación con autoridades educativas, programas y acciones preventivas que contemplen servicios oftalmológicos, priorizando a niñas y niños que cursan la educación básica.

Refuerzo a acciones contra cáncer de ovario

Se avalaron modificaciones a la Ley de Salud en materia de cáncer de ovario para fortalecer programas y acciones de salubridad local, incluyendo la prevención y detección oportuna del cáncer de mama, cáncer de ovario y cáncer cervicouterino.

Coordinación institucional en salud

Finalmente, se aprobó una reforma para actualizar la integración del Consejo Estatal de Salud, adecuándolo a la realidad administrativa del Estado y fortaleciendo su capacidad de coordinación y conducción estratégica, manteniendo canales de participación interinstitucional con la Federación y con los sectores social y privado.

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